La asociación de Propietarios y Vecinos de Portals Nous y Bendinat es una asociación sin ánimo de lucro situada en Portals Nous.
La asociación tiene los siguientes objetivos:
a.- Defensa de los intereses generales de los vecinos, en calidad de usuarios y destinatarios finales de la actividad urbanística, cultural, deportiva, educativa, sanitaria, de vivienda, social, económica, de consumo, de participación en asuntos de interés general de la localidad, etc.., fomentando las medidas participativas más adecuadas.
b.- Informar y apoyar a los vecinos en todas las cuestiones que afecten a sus intereses generales.
c.- Asumir la representación de los vecinos del ámbito territorial adoptando las resoluciones y llevando a cabo las actuaciones que por su importancia o interés los afecten individual o colectivamente, o a los intereses generales del municipio.
d.- Fomentar el asociacionismo entre los vecinos del ámbito territorial como instrumento de participación y defensa de los intereses generales de los vecinos.
e.- Vigilar y exigir que las administraciones públicas, en su respectivo ámbito de competencias, cumplan escrupulosamente con sus obligaciones de acuerdo con la normativa vigente.
f.- Exigir a las administraciones públicas, en su respectivo ámbito de competencias, el cumplimiento de los derechos reconocidos por la Ley Orgánica 1/2002, sus normas de desarrollo y los reglamentos municipales, relativos a:
1. recibir información directa de los asuntos que son de interés común.
2. participar de las subvencionas públicas por el desarrollo de proyectos y actividades.
3. establecer convenios de colaboración en programas de interés general.
4. ser declaradas de utilidad pública.
5. intervenir en todos los ámbitos de las administraciones públicas pera defender los intereses generales de los vecinos.
6. utilizar los medios públicos (locales, salas de reunión, centros sociales, radios, etc) por el ejercicio de sus funciones de representación y defensa de los intereses de los vecinos.
7. ejercitar el derecho a la iniciativa popular.
8. ser escuchada en los Plenos y Comisiones municipales en los asuntos que afecten de manera particular o general (elaboración de disposiciones generales) a los vecinos de su ámbito territorial.